Se aprobó un artículo de la Ley Universitaria que regula el funcionamiento de centros de estudios.

En el primer artículo se señala que la presente norma tiene como objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades.
Asimismo, promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa en las casas superiores de estudio, como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y la difusión educativa y cultural.
El artículo segundo precisa que la ley se aplica a las universidades bajo cualquier modalidad, sean públicas o privadas, nacionales o extranjeras, bajo el concepto de la educación como servicio público.
La propuesta, trabajada seis meses en audiencias descentralizadas con participación de diferentes universidades y organizaciones profesionales, ratificará, especialmente, la autonomía universitaria, en el marco del artículo 16 de la Constitución Política.
“Con esto traeremos por tierra todo intento de boicot, sabotaje y torpedeo por parte de mafias enquistadas en los claustros universitarios. La nueva ley será aprobada pese a quien le pese”, manifestó Daniel Mora, titular de la referida comisión.
lamula.pe
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